Los bienes transportados con el objeto de realizar comercio están sujetos a muchos riesgos específicos (pérdida, robo, rotura, humedad, etc.) junto a los riesgos asociados con las operaciones auxiliares del transporte – manipulación – carga – descarga – almacenamiento.

El seguro de transporte de mercancías cubre las mercancías transportadas por mar, tierra, aire y río. Estos productos pueden ser de diferentes tipos.

 

Condiciones:

  • La naturaleza de los bienes asegurados.
  • Cómo se empaquetan estos productos.
  • La ruta y la zona geográfica de envio.
  • El número y peso de paquetes o cantidades que se enviarán.
  • El método de envío.

 

Esto tiene toda su importancia. Existe una póliza de seguro específica para la mercancía transportada. AIRE, CARRETERA, MARITIMO.

 

Seguro de transporte internacional de mercancías

La duración de la garantía se determina en el momento de la celebración del contrato de seguro (de tienda a ubicación … de tienda a ubicación …; de un tablero a otro, incluidas las operaciones de carga y descarga, etc.). La duración de las garantías es generalmente limitada:

Aéreo: 15 días después de la llegada del avión al aeropuerto.

Marítimo: 60 días después de descargar el último buque

Carretera: 15 días después de la llegada a destino.

 

Emisión de reservas al recibir la mercancía

Cuando la mercancía solicitada se entregue en un estado diferente al que tenía al cargar o transferir responsabilidades, el transportista se presume responsable.

A riesgo de que cualquier reclamación sea refutada por la aseguradora en caso de daños durante el transporte, el destinatario siempre debe verificar la mercancía y emitir reservas si es necesario: si las reservas no se toman, cualquier acción puede darse por terminada definitivamente.

 

Reservas y conservación:

En el momento de la entrega, en caso de daño aparente, es imperativo hacer reservas en el boleto de transporte o entrega y confirmarlas inmediatamente por carta certificada con acuse de recibo dentro de los 3 días hábiles.

 

En caso de pérdida o daño parcial:

En todos los casos emisión de reservas en los albaranes.

Daño aparente: reservas a la entrega en albarán de entrega + carta certificada con acuse de recibo inmediato al transportista.

Daño no visible: carta certificada con acuse de recibo dentro de los 7 días posteriores a la entrega

Cualquier documento o copia del documento sobre el que se hayan hecho reservas debe estar bien conservado.

En caso de pérdida total o parcial, el transportista deberá entregarle un certificado de pérdida dentro de los 30 días siguientes a la expiración del tiempo de entrega acordado o dentro de los 60 días de hacerse cargo.

 

Documentación en caso de reclamación:

  • Factura comercial.
  • Lista de empaque.
  • Documento de transporte (albaranes, albarán de entrega).
  • Reservas anotadas en albaranes.
  • Hallazgos de peritos o alguaciles (si corresponde).
  • Certificado de seguro.

 

Responsabilidad del transportista.

El transportista compensará al remitente o expedidor de acuerdo con los límites máximos establecidos por los acuerdos de transporte. Las consecuencias pueden ser muy graves.

La posibilidad de que el monto de la indemnización sea significativamente menor que el valor real de los bienes dañados.

 

Límites de responsabilidad

Los límites de la responsabilidad del transportista se expresan en derechos especiales.

 

Reglas de cálculo

Tierra – Convenio CMR: 8,33 DEG por kilo, es decir, aproximadamente 11,72 € por kilo.

Aire – Convenio de Varsovia: 16,5837 DEG por kilo, o unos 23,33 € por kilo.

Marítimo – Reglas de La Haya y Visby: 2 DEG por kilo (aproximadamente 2,82 €) o 666,66 DEG por paquete.

Seguro «Ad valorem»

El límite de responsabilidad del transportista, o incluso la exención de esta responsabilidad en caso de daños a la mercancía, plantea un problema importante. El remitente es compensado parcialmente o no en absoluto.

Para evitar los inconvenientes que podría causar una póliza de seguro de «cargador de terceros», el remitente tiene la opción de contratar una póliza de seguro llamada AD Valorem. De su operador de transporte.

Este último, al no tener relación directa con el precio del transporte, se realiza sobre el valor real de la mercancía.

La cobertura de seguro de AD Valorem compensa al remitente no sobre la base del principio de responsabilidad, sino sobre la base del valor real de los bienes dañados o perdidos.

El beneficio esperado también se puede incluir si la mercancía llegó en buenas condiciones y se vendió, ver también el transporte de esta mercancía, cuando se concluye el contrato.

 

Casos de exención de responsabilidad del transportista:

 

Como norma general, existe una presunción de responsabilidad del transportista en el momento en que la mercancía se entregue en un estado diferente al que tenía en el momento de la carga (caso de rotura, extravío, etc.).

Si el transportista demuestra que ha realizado todos los arreglos necesarios durante el transporte y que no es responsable, no pagará ninguna compensación al remitente.

Este caso de exención también es válido para circunstancias que entren en el ámbito de fuerza mayor. O una situación para el transportista Impredecible.

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